La máxima autoridad del fútbol
sudamericano anunció que el volante deberá cumplir con las dos fechas
pendientes de suspensión en la Copa Libertadores, aunque descartó la
posibilidad de aplicarle una pena al club de Núñez.
Tras varias horas
de preocupación e incertidumbre en torno a la situación de Bruno Zuculini, se
terminó el nerviosismo. Es que la Confederación Sudamericana de Fútbol dio a
conocer un comunicado oficial en el que notificó la suspensión del
mediocampista central sin que eso implique una sanción hacia River por mala
inclusión en siete compromisos (tres presencias y cuatro suplencias) de la
actual edición de la Copa Libertadores.
Por lo tanto,
teniendo en cuenta debía dos jornadas de suspensión a raíz de una expulsión
jugando para Racing en la Copa Sudamericana del año 2013 -la pena original era
de cuatro encuentros, pero se redujo a dos por la amnistía general del 2016-,
el volante se perderá la revancha del próximo miércoles y el siguiente
compromiso internacional que tenga vistiendo la camiseta de River.
Como Flamengo,
Emelec, Independiente Santa Fe y Racing no elevaron el reclamo correspondiente
en tiempo y forma, es decir 24 horas después de cada mala inclusión de
Zuculini, River quedó exento de una sanción. Un detalle nada menor es que la
propia Conmebol le había asegurado al equipo de Núñez que el único suspendido
antes del comienzo del torneo era Ignacio Fernández.
*Comunicado oficial de la Conmebol:
Luque, 23 de agosto
de 2018
En fecha 23 de
agosto de 2018, la Unidad Disciplinaria, ha corroborado que el jugador Bruno
Zuculini, actualmente prestando sus servicios al Club Atlético River Plate,
mantiene vigente una suspensión por 2 (dos) partidos.
Por tanto, la misma
deberá cumplirse en los siguientes partidos a disputarse en la presente edición
de la Competición, o en su defecto se extenderá a la siguiente competición de
la misma categoría conforme al Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
Asimismo, en fecha
12 de febrero del corriente año, en respuesta a una consulta del Club Atlético
River Plate, por un error administrativo, se omitió incluir al citado jugador
como suspendido por 2 (dos) partidos.
Conforme a los
informes de partidos remitidos por la Dirección de Competiciones de la
CONMEBOL, hemos confirmado que el citado jugador ha disputado los siguientes
partidos:
- 28 de febrero de
2018 - Flamengo vs. River Plate
- 05 de abril de
2018 - River Plate vs. Independiente Santa Fe
- 19 de abril de
2018 - Emelec vs. River Plate
- 26 de abril de
2018 - River Plate vs. Emelec
- 3 de mayo de 2018
- Independiente de Santa Fe vs. River Plate
- 23 de mayo de
2018 - River Plate vs. Flamengo
- 9 de agosto de
2018 - Racing vs. River Plate
Atendiendo a lo
dispuesto en el Artículo 19.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, en
los casos de alineación indebida de un jugador, ésta se aplicará únicamente si
el equipo contrario interpone una reclamación oficial en el plazo de
veinticuatro (24) horas de vez finalizado el encuentro. En ese sentido, ningún
club que ha disputado los partidos citados precedentemente ha ejercido ese
derecho quedando confirmados los resultados de los citados partidos.
Atentamente.
Unidad
Disciplinaria
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